Unidad 1. RQA. Contaminantes Químicos y Biológicos en el Ambiente de Trabajo.



UT01 - Contaminantes Químicos y Biológicos en el Ambiente de Trabajo

Esta unidad es una introducción a la Higiene Industrial y a los Riesgos Ambientales, con especial atención a los derivados de factores químicos y biológicos. Los alumnos que cursen el módulo de Riesgos Físicos Ambientales tienen una introducción similar en la unidad de trabajo nº 1, que complementa la presente.

De manera particular, se describen algunos conceptos básicos relativos a los contaminantes químicos, con algunas referencias finales a los agentes biológicos que serán explicados con más detalle en unidades posteriores.

1.1. CONCEPTO DE HIGIENE INDUSTRIAL

Desde hace varios siglos se conoce la relación entre la exposición a ciertos contaminantes ambientales y la aparición de enfermedades en los trabajadores. El término 'higiene' aparece por primera vez reflejado a finales del siglo XVII en la obra "De morbis artificium diatriba", en la cual su autor Bernardo Ramazzini describe los riesgos laborales asociados a más de 50 profesiones.


A mediados del siglo XX se crea, inicialmente en paises anglosajones, el concepto de higiene industrial como una disciplina científica relacionada con la salud pública y cuyo cometido sería la prevención de enfermedades profesionales. La AIHA (American Industrial Hygienist Association) define la higiene industrial como 'ciencia y arte dedicados al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores ambientales, tensiones emanadas o provocadas por el lugar de trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, destruir la salud o el bienestar, o crear algún malestar significativo entre los trabajadores o los miembros de la comunidad'.

Aunque se usa habitualmente el apelativo de 'industrial' - por el origen histórico del concepto - podemos también referirnos a esta disciplina usando los sinónimos de 'higiene del trabajo', 'higiene laboral' o 'higiene ocupacional', términos que reflejan más claramente que su ámbito de actuación no se ciñe exclusivamente a las actividades industriales sino a cualquier tipo de trabajo.

En resumen, podemos decir que la higiene industrial es una 'ciencia dedicada a la prevención no médica de las enfermedades profesionales'.

1.2. RIESGOS HIGIÉNICOS

Los riesgos higiénicos asociados al ambiente laboral pueden clasificarse, de manera no exhaustiva, en las categorías siguientes:

Riesgos químicos (asociados a contaminantes químicos)

∙ Gases y vapores

∙ Partículas y fibras

Riesgos biológicos (relativos a organismos vivos o sus

productos)

∙ Bacterias

∙ Hongos

∙ Virus

∙ Parásitos

Riesgos físicos (derivados de ciertas energías)

∙ Ruido

∙ Vibraciones

∙ Estrés térmico

∙ Radiaciones

Los factores implicados reciben habitualmente la denominación de factores de riesgo o contaminantes, entendidos como sustancias, agentes biológicos o energías que por su dosis, concentración ambiental y su capacidad de interacción con el ser humano pueden provocar alteraciones de la salud.


1.3. METODOLOGÍA DE ACTUACIÓN EN HIGIENE INDUSTRIAL

En la definición clásica de la higiene industrial se especifica claramente que la actuación en higiene industrial se lleva a cabo a través de tres actividades básicas:

RECONOCIMIENTO del riesgo, lo que supone la identificación de los posibles factores de riesgo presentes en el ámbito laboral, a través del estudio detallado de los procesos de trabajo y de las condiciones específicas de cada trabajador en su puesto de trabajo. 

EVALUACIÓN del riesgo, consistente en observación detallada y medición, cuando sea posible, de la magnitud con la que un contaminante (físico, químico o biológico) se encuentra presente en el ámbito laboral, comparación con los valores máximos tolerables obtenidos en los estudios científicos y valoración del posible riesgo para la salud.

CONTROL del riesgo, es decir establecimiento de las medidas oportunas, técnicas o administrativas, requeridas para eliminar o en su caso reducir o minimizar el riesgo para el trabajador

Nota.

Los valores máximos tolerables son valores establecidos en normas técnicas o legales derivados originalmente del concepto de 'nivel del contaminante sin efectos observables' NOEL (en la nomenclatura anglosajona) que hace referencia a la concentración máxima en el ambiente de un determinado contaminante para cual no se observan efectos para la salud. De este concepto se originan los valores TLV (Threshold Limit Values o valores umbral) que en la norma española se reconocen como valores VLA (valores límite ambientales) y VLB (valores límite biológicos) para referirse respectivamente a los valores máximos aceptables en el medio ambiente o en el organismo del trabajador.

Aunque diseñados originalmente para la evaluación de contaminantes químicos, el concepto de VLA y VLB es extrapolable a otros factores de riesgo como los físicos o biológicos, aunque en estos casos pueda usarse una nomenclatura diferente.



1.4. RAMAS DE LA HIGIENE INDUSTRIAL

En la higiene industrial se pueden distinguir cuatro ramas fundamentales:

Higiene Teórica .- Dedicada al estudio científico del efecto de los contaminantes, las relaciones dosis-respuesta y el establecimiento de los estándares de concentración tolerables (TLV)

Higiene de Campo.- Que consiste en el análisis de las condiciones de trabajo 'in situ', medición y evaluación del riesgo

Higiene Analítica.- Encargada de las determinaciones cualitativas y cuantitativas de los contaminantes obtenidos en el muestreo de campo.

Higiene Operativa.- Cuyo objeto es la recomendación de medidas preventivas y elección de los equipos de protección individual y colectiva más apropiados para evitar o reducir el impacto de los factores de riesgo sobre la salud de los trabajadores.

1.5. CONTAMINANTES QUÍMICOS

Se entiende por contaminante químico, a cualquier materia inerte - en estado sólido, líquido o gaseoso - cuya presencia en la atmósfera de trabajo puede originar alteraciones en la salud de las personas expuestas.

Dentro del concepto de contaminante químico se incluyen:

∙ Sustancias químicas: elementos químicos y sus compuestos en estado natural o elementos obtenidos mediante cualquier proceso de producción.

∙ Preparados químicos: mezcla o solución compuesta por dos o más sustancias diferentes.


1.5.1. Origen de la Contaminación Química

Los riesgos debidos a la presencia de agentes químicos en el ambiente de trabajo son los derivados tanto de la propia actividad laboral como de las condiciones propias de los locales o espacios en los que estén situados los lugares de trabajo.

Lo anterior, implica que existe riesgo no sólo en aquellas actividades donde por razones laborales se usan, almacenar o manipulan sustancias químicas (ej. pinturas, colas, agentes industriales de limpieza, ... ) sino que también hay que incluir aquellos casos donde su presencia no sea debida a la actividad laboral pero sí sea una consecuencia del diseño, instalación o mantenimiento de los locales o espacios en los que estén situados los lugares de trabajo, ejemplo:

∙ Contaminantes externos habituales introducidos en el ambiente de trabajo por el sistema de ventilación

∙ Contaminantes producidos por operaciones de limpieza o desinfección,

∙ Contaminantes que penetren a través de conductos de vertido o desagüe,

∙ Contaminantes producidos por los propios materiales de construcción o equipamientos, etc.

1.5.2. Reactividad Química

La peligrosidad de un contaminante químico depende de muy diversos factores tanto de su naturaleza físico-química como fisiopatológica (en cuanto a la interacción con elementos biológicos u organismos)

Desde el punto de vista físico-químico la reactividad de una sustancia química es un factor muy importante, que va a determinar su comportamiento y con ello la posibilidad de producir enfermedades y accidentes laborales.

La reactividad de una sustancia depende principalmente de:

∙ Tipo de enlace. La estabilidad de los compuestos químicos depende de la resistencia de sus enlaces moleculares a sufrir cambios estructurales. Los enlaces covalentes (donde hay electrones compartidos entre
átomos) son más estables que los iónicos (por interacción entre cargas eléctricas). En general las moléculas que contienen varios enlaces covalentes (ej. compuestos aromáticos como el benceno) son muy estables y poco reactivos, mientras que los compuestos iónicos son muy reactivos (ej. ácidos o bases fuertes)

∙ Presencia de catalizadores o inhibidores. Un catalizador es una sustancia que sin participar como sustrato de una reacción incrementa su velocidad de reacción y disminuye su energía de activación (energía mínima necesaria para que se produzca la reacción) Pequeñas impurezas en un compuesto pueden actuar como catalizadores incrementando su reactividad. De manera contraria, la existencia de inhibidores de reacción, añadidos artificialmente o existentes de forma accidental, van a disminuir la reactividad.

∙ Concentración. Como regla general al incrementar la concentración de una sustancia en el aire o medio líquido aumentará su reactividad

∙ Temperatura. La temperatura afecta de manera exponencial a la velocidad de las reacciones químicas. Una elevación de 10ºC en la temperatura ambiental puede incrementar en más de dos veces la velocidad de la reacción.

1.5.3. Clasificación

La clasificación de las sustancias y preparados químicos puede hacerse atendiendo a su estructura química y/o física.

⮚ ESTRUCTURA QUÍMICA

Existen tres formas habituales de referencia química:

∙ Elementos químicos: compuestos de arsénico, cadmio, cromo, plomo,…

∙ Grupos funcionales: aldehídos, cetonas, carboxilos, esteres, isocianatos, ...

∙ Compuestos específicos: ácido sulfúrico, monóxido de carbono, tolueno, ...

⮚ ESTRUCTURA FÍSICA

∙ Gases y vapores. Ambos son formas moleculares gaseosas, con la única distinción de que los gases propiamente dichos lo son a

temperatura y presión normales (25ºC y 1 atmósfera) mientras que los vapores son sustancias que en condiciones normales son líquidas, pero como consecuencia de una baja presión o alta temperatura adquieren forma gaseosa.

∙ Polvos. Son partículas sólidas en suspensión en el aire, generadas habitualmente por acción mecánica (trituración, molienda, erosión, ...) Su diámetro es menor a 100 μm y tienden a sedimentar con rapidez cuando su diámetro es mayor a 10 μm

∙ Fibras. Son partículas donde predomina la longitud sobre el diámetro, siendo la relación superior a 3. Ejemplos de fibras: amianto, fibra de vidrio, lana de roca, ...

∙ Humo de combustión (smoke). Suspensión en el aire de partículas carbonáceas (hollín) originado por combustión: ej. humos de escape de vehículos, generadores industriales, hornos, ...

∙ Humo químico (fume). Suspensión en el aire de partículas originadas por condensación de gases a alta temperatura. Un origen frecuente es la sublimación de metales en procesos industriales como la soldadura. También se puede usar el término de humos metálicos.

∙ Nieblas / Brumas. Suspensión en el aire de pequeñas gotas de líquido, generadas por condensación, nebulización mecánica, atomización, ... Su tamaño habitual varía desde menos de 0,1 μm a unos 10 μm

∙ Aerosoles. Un aerosol es un término genérico usado para describir la suspensión en el aire de partículas sólidas y/o líquidas de muy pequeño diámetro.

1.5.4. Peligrosidad por Causas Fisicoquímicas

Categorías de Peligro por Factores Físico-Químicos

Las sustancias se consideran peligrosas si presentan alguna de las características de peligro establecidas de acuerdo con las propiedades fisicoquímicas, toxicológicas (efectos sobre la salud) y ecotoxicológicas (efectos sobre el medio ambiente).

Desde el punto de vista fisicoquímico interesa el grado de inflamabilidad o posibilidad de explosión de las sustancias, estableciéndose las siguientes categorías: (Estos pictogramas naranjas y negro no se utilizan actualmente, pero para la explicación de los riesgos delos productos los dejamos en el tema y más adelante tenéis los cambios de la normativa)

EXPLOSIVOS (E)

Las sustancias y preparados sólidos, líquidos, pastosos o gelatinosos que, incluso en ausencia de oxígeno atmosférico, puedan reaccionar de forma exotérmica con rápida formación de gases y que, en determinadas condiciones de ensayo, detonan, deflagran rápidamente o, bajo el efecto del calor, en caso de confinamiento parcial, explotan.

COMBURENTES (O)

Las sustancias y preparados que, en contacto con otras sustancias, en especial con sustancias inflamables, produzcan una reacción fuertemente exotérmica.

EXTREMADAMENTE INFLAMABLES (F+)

Las sustancias y preparados líquidos que tengan un punto de ignición extremadamente bajo y un punto de ebullición bajo, y las sustancias y preparados gaseosos que, a temperatura y presión normales, sean inflamables en contacto con el aire.

FACILMENTE INFLAMABLES (F)

Las sustancias y preparados:

1. Que pueden calentarse e inflamarse en el aire a temperatura ambiente sin aporte de energía, o

2. Los sólidos que puedan inflamarse fácilmente tras un breve contacto con una fuente de inflamación y que sigan quemándose o consumiéndose una vez retirada dicha fuente, o

3. Los líquidos cuyo punto de ignición sea muy bajo, o

4. Que, en contacto con agua o con aire húmedo, desprendan gases extremadamente inflamables en cantidades peligrosa

INFLAMABLES

Las sustancias y preparados líquidos cuyo punto de ignición sea bajo.

El carácter explosivo o comburente se determina en base a la respuesta del producto frente al choque o fricción o su capacidad de producir una reacción exotérmica sin ayuda de energía o bien en contacto con sustancias combustibles. También se tienen en cuenta algunas sustancias con un grupo funcional definido como es el caso de los peróxidos orgánicos que siempre son clasificados como comburentes. La inflamabilidad en sus tres grados: extremadamente inflamable, fácilmente inflamable e inflamable es función, para los líquidos, de su punto de inflamación o destello y su punto de ebullición. También se consideran extremadamente inflamables los gases que se inflaman en contacto con el aire y fácilmente inflamables los sólidos susceptibles de inflamarse tras un breve contacto con una fuente de ignición, así como todos aquellos productos que por reacción con otros pueden desprender gases inflamables o explosivos.

1.5.5. Toxicidad

Categorías de Peligrosidad Tóxica

Desde la perspectiva de la Higiene Industrial nos interesa especialmente el reconocimiento de los efectos para la salud de las sustancias químicas. Se distinguen las siguientes categorías de peligrosidad por sus efectos sobre la salud:

⮚ MUY TÓXICOS (T+)

Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea en muy pequeña cantidad puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.

⮚ TÓXICOS (T)

Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea en pequeñas cantidades puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.

⮚ NOCIVOS (Xn)

Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.

⮚ IRRITANTES (Xi)

Las sustancias y preparados no corrosivos que, en contacto breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar una reacción inflamatoria.

⮚ SENSIBILIZANTES (Xi)

Las sustancias y preparados que por inhalación o penetración cutánea, puedan ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de forma que una exposición posterior a esa sustancia o preparado dé lugar a efectos negativos característicos

⮚ CORROSIVOS (C)

Las sustancias y preparados que, en contacto con tejidos vivos puedan ejercer una acción destructiva de los mismos.

⮚ CARCINOGÉNICOS (*)

Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir cáncer o aumentar su frecuencia

⮚ MUTAGÉNICOS (*)

Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir alteraciones genéticas hereditarias o aumentar su frecuencia.

⮚ TÓXICOS PARA LA REPRODUCCIÓN (*)

Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir efectos negativos no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia de éstos, o afectar de forma negativa a la función o a la capacidad reproductora.

(*) Para carcinogénicos, mutagénicos y tóxicos para la reproducción se establecen tres categorías de riesgo, etiquetandose la sustancia como tóxica o nociva según la categoría.

⮚ PELIGROSOS PARA EL MEDIO AMBIENTE

Respecto al medio ambiente se consideran los efectos sobre los distintos ecosistemas, principalmente el acuático, y los peligros que el producto representa para la capa de ozono. En lo referente al medio ambiente acuático se tienen en cuenta, para los productos

químicos, la toxicidad aguda en peces, algas y Daphnias y los daños a largo plazo en función de su biodegradabilidad y posible bioacumulación. En el medio no acuático se consideran los efectos negativos sobre la fauna, la flora y los organismos del suelo, incluidos los daños a largo plazo.

IMPORTANTE CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN (Fuente INSST)

El Reglamento (CE) 1272/2008 CLP (Clasificación, Etiquetado y Envasado) publicado el 31 de diciembre de 2008 representa la adaptación en la UE del SGA (Sistema Globalmente Armonizado, GHS en inglés), que es una regulación aprobada por consenso a nivel mundial que va siendo sometida a distintas actualizaciones.

El SGA, impulsado por la OIT, está basado en normativas sobre el transporte de mercancías peligrosas, regulaciones de la UE, directrices del ámbito laboral, de los consumidores y sobre plaguicidas y, también, en la legislación de EEUU, Canadá y Japón. Su objetivo principal es proporcionar un marco legal para todos los países, con criterios y elementos armonizados a nivel mundial, para clasificar y comunicar peligros de los productos químicos.

Se considera que con ello se facilitará el comercio internacional, mejorará la protección de la salud humana y del medio ambiente y se reducirán los ensayos y evaluaciones de las sustancias químicas.


CAMBIOS QUE ORIGINA EL NUEVO REGLAMENTO

1. Las categorías de peligro que, aunque se mantienen agrupadas en tres bloques:

a. peligros físicos (debidos a las propiedades fisicoquímicas) b. peligros para la salud (debidos a sus propiedades toxicológicas) y c. peligros para el medio ambiente, se detallan mucho más, quedando

distribuidas en un total de 28 clases divididas en 79 categorías distintas.

2. Las indicaciones de peligro pasan a ser PALABRAS DE ADVERTENCIA: Esta es una novedad importante del Reglamento, ya que establece solamente dos grupos de sustancias:

a. las peligrosas, que se identifican con la indicación de PELIGRO y que se asocian a las categorías más graves,

b. y las menos peligrosas, a las que se les asigna la indicación de ATENCIÓN, asociada a las categorías menos graves.

3. Los pictogramas cambian de formato, se suprime uno y se añaden 3 nuevos. Las equivalencias existentes se resumen en el cuadro adjunto.

El pictograma signo de exclamación acompaña a las sustancias o mezclas menos peligrosas y que llevan la palabra de advertencia Atención, en contraposición a las consideradas peligrosas que se identifican con la palabra Peligro.

4. Las frases R de riesgo pasan a ser INDICACIONES DE PELIGRO H (de Hazard, peligro), agrupadas según peligros físicos, peligros para la salud humana y peligros para el medio ambiente.

Hay, además, unas indicaciones “suplementarias” para cubrir ciertos tipos de peligros no contemplados en las indicaciones provenientes del GSA. Delante de la H correspondiente, llevan las siglas EU y están agrupadas según propiedades físicas y propiedades relacionadas con efectos sobre el medio ambiente.

Dentro de este apartado también se incluyen elementos suplementarios o información que deben figurar en las etiquetas de determinadas sustancias y mezclas y una regla particular para el etiquetado de productos fitosanitarios. Finalmente, para algunas indicaciones de peligro se añaden letras al código de tres cifras, usándose unos códigos adicionales para concretar unas advertencias no contempladas en las otras indicaciones.

Existe una lista de equivalencias entre R y H, aunque dicha equivalencia no es completa. Hay frases R sin frase H equivalente y, al revés, frases H que no son equivalentes a ninguna frase R. La mayoría de “no equivalencias” corresponden a la propiedades físicas (quimicofísicas) que se han tomado de la legislación internacional sobre transporte de mercancías peligrosas, para evitar las diferencias formales existentes entre el etiquetado del embalaje, necesario para su transporte, de la etiqueta pegada al recipiente de cara al usuario.

5. Las frases S de seguridad pasan a CONSEJOS DE PRUDENCIA P que se agrupan en generales, de prevención, de respuesta, de almacenamiento y de eliminación. En total existen más de 100 consejos de prudencia.

En la tabla siguiente, a partir de las clases y categorías de peligro, se presenta la correspondencia de los nuevos elementos armonizados de la etiqueta con los antiguos, incluyendo las palabras de advertencia (peligro - atención) que se asignan a cada categoría de peligro.

En la etiqueta figuran todos los consejos de prudencia correspondientes, en principio con un máximo de 6, excepto aquellos que resulten claramente innecesarios. En el caso de suministrarse al público en general, deberá constar un consejo de prudencia relativo a su eliminación, así como a la del envase, excepto que su eliminación no presente un peligro para la salud humana y para el medio ambiente.

INCOMPATIBILIDADES DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QÚIMICOS PELIGROSOS

+: Se pueden almacenar juntos

0: Solamente podrán almacenarse juntos, adoptando ciertas medidas

- : No deben almacenarse juntos

1.6. CONTAMINANTES BIOLÓGICOS

En la normativa vigente se definen los contaminantes o agentes biológicos como:

Microorganismos, con inclusión de los genéticamente

modificados, cultivos celulares y endoparásitos

humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de

infección, alergia o toxicidad.

Microorganismo: toda entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o transferir material genético.

Cultivo celular: el resultado del crecimiento “in vitro” de células obtenidas de organismos multicelulares.

Esta definición contempla tanto organismos vivos como sus productos:

∙ Organismos vivos: priones, virus, bacterias, hongos, endoparásitos, cultivos celulares, ...

∙ Productos derivados: toxinas (endotoxinas bacterianas, micotoxinas), componentes celulares, ...

1.6.1. Origen de la Contaminación Biológica

Actividades Referencia de Contaminación Biológica

Existen numerosas actividades donde los trabajadores pueden entrar en contacto con microorganismos o sus productos, entre las más representativas tenemos:

∙ Trabajos en centros de producción de alimentos.

∙ Trabajos agrarios.

∙ Actividades en las que existe contacto con animales o con productos de origen animal.

∙ Trabajos de asistencia sanitaria, comprendidos los desarrollados en servicios de aislamiento y de anatomía patológica.

∙ Trabajos en laboratorios clínicos, veterinarios, de diagnóstico y de investigación.

∙ Trabajos en unidades de eliminación de residuos.

∙ Trabajos en instalaciones depuradoras de aguas residuales.

1.7. MARCO LEGAL

Legislación

ENFERMEDADES PROFESIONALES

∙ REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro

AGENTES QUÍMICOS Y CANCERÍGENOS

∙ REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

∙ REAL DECRETO 349/2003, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, y por el que se amplía su ámbito de aplicación a los agentes mutágenos.

∙ REAL DECRETO 1124/2000, de 16 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

∙ REAL DECRETO 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

∙ REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

CLASIFICACIÓN, ENVASADO Y ETIQUETADO

∙ Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, con la finalidad de adaptar sus disposiciones al Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo.

∙ Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.

∙ Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo (M. Presid., BOE 5.6.1995) por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

AGENTES BIOLÓGICOS

∙ REAL DECRETO 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

∙ ORDEN de 25 de marzo de 1998 por la que se adapta en función del progreso técnico el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la

exposición a agentes biológicos durante el trabajo. BOE núm. 76 de 30 de marzo.

∙ REAL DECRETO 664/1997, de 12 de mayo, protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

1.8. FUENTES DE INFORMACIÓN

Lecturas recomendadas

Salud Laboral (artículo de la wikipedia)

Higiene Industrial (enciclopedia OIT)

Páginas web

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

Prevention World

Páginas en inglés

∙ OSHA - Administración de Salud Ocupacional y Seguridad (EEUU) 
∙ AIHA - Asociación de Higienistas Industriales Americanos 
∙ ACGIH - American Conference of Governmental Industrial Hygienists 
∙ BOHS - Asociación Británica de Higiene Ocupacional

∙ IOHA - Asociación Internacional de Higiene Ocupacional

ANEXO. Concentración de Sustancias en el Aire

La concentración de sustancias en el aire se expresa habitualmente de dos formas:

∙ Como relación v/v = volumen de la sustancia / volumen total de la mezcla (sustancia + aire)

∙ Como relación p/v = masa ('peso') de la sustancia / volumen total de la mezcla

Relación v/v

Si la concentración de la sustancia es relativamente alta se usa el porcentaje %. Por ejemplo, los límites de explosividad de sustancias en el aire (LIE, LSE) se especifican en % (L.I.E. = Límite Inferior de Explosividad yL.S.E. = Límite Superior de Explosividad)

Si la concentración es baja se usan la unidades ppm (partes por millón) e incluso ppb y ppt (por billón y trillón, respectivamente)

1 ppmv = 0,0001 % en volumen

Para pasar de % a ppm se multiplica por 104o se divide por el mismo factor si la conversión es en sentido contrario.

Relación p/v

Las unidades de concentración p/v más habituales son mg / m3y el µg / m3.El factor de conversión en este caso es 103para pasar de mg a µg.

¿Cómo pasamos de una concentración v/v a p/v o viceversa? El problema reside en que cada gas, en función de su peso molecular, ocupa un volumen diferente en el aire. Por la química, sabemos que un mol de un gas tiene siempre un mismo volumen (volumen molar normal), que en condiciones normales (ºC y 1 atmósfera de presión) ocupa 22,4 L

En medio ambiente e higiene industrial la temperatura ambiental media se fija en 25 ºC por lo que el volumen molar pasa a 24,5 L

Teniendo en cuenta lo anterior, para pasar de una concentración p/v a una v/v se debe obtener primero la cantidad de moles de sustancia (masa / peso molecular [pm]) y multiplicar por 24,5 (volumen molar a 25 ºC) para obtener el volumen del gas contaminante. La fórmula de conversión será:

Cppm = Cmg/m3· 24,5 / pm y la inversa Cmg/m3= Cppm · pm / 24,5

Ejemplo:

El Tetracloruro de Carbono tiene un peso molecular de 153,8 g/mol y la concentración máxima de exposición diaria está fijada en 5 ppm, mientras que la concentración máxima a corto plazo es de 63 mg/m3. Calcule las equivalencias de estos valores en v/v y p/v.

5 ppm equivale a 5·153,8/24,5 = 31,39 mg/m3

63 mg/m3equivale a 63·24,5/153,8 = 10,03 ppm



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.