UNIDAD DIDÁCTICA 11: LA CARGA FÍSICA.
11.1. INTRODUCCIÓN.
La manipulación de cargas por encima de las posibilidades del trabajador presenta una serie de daños y alteraciones de la salud características como son los accidentes directos (golpes, rasguños, sobreesfuerzos) que suelen originar lesiones y por otro lado, se producen las denominadas enfermedades debidas principalmente a un mal diseño de la tarea.
Estas últimas se gestan poco a poco finalizando en forma de lumbalgias (dolores de espalda), es decir, lesiones músculo-esqueléticas centradas en la zona lumbar.
Existe una relación directa entre las frecuentes manipulaciones y la aparición de enfermedades de la columna, por lo que se establece un conjunto de valores límites de peso en la evaluación de cargas. Algunos de estos criterios tienen la consideración de legales al estar recogidos en alguna normativa:
▪ Orden del 2 de junio de 1961: prohibición de manipular cargas de más de 80 kg en todo lugar de trabajo.
▪ Ratificación del convenio de la OIT nº 127 referente al peso máximo.
▪ Real Decreto 487/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos para los trabajadores, en particular dorsolumbares.
11.2. LESIONES Y LA MANIPULACIÓN DE CARGAS.
La manipulación manual de cargas es una tarea bastante frecuente en muchos sectores de actividad, desde la industria pesada hasta el sector sanitario, pasando por todo tipo de industrias y servicios. Pero además
también es responsable, en muchos casos, de la aparición de fatiga física, o bien de lesiones, que se pueden producir de una forma inmediata o por la acumulación de pequeños traumatismos aparentemente sin importancia. De esta forma, pueden lesionarse tanto los trabajadores que manipulan cargas regularmente como los trabajadores ocasionales.
A partir de la aplicación de los modelos biomecánicos es posible conocer la magnitud de las tensiones y en que articulaciones se producen. Así, el principal punto de sustentación, donde se concentran las fuerzas actuante s y de reacción, en la manipulación de cargas se localiza en el disco intervertebral L5/S1. Por tanto, será en este punto donde se producirá el mayor número de hernias discales, aunque antes de llegar a esta situación se producirán los dolores musculares que son el origen de elevado número de bajas.
Entre las lesiones más frecuentes debidas a la manipulación de cargas destacan son entre otras: contusiones, cortes, heridas, fracturas y lesiones músculoesqueléticas. Estos daños a la salud de los trabajadores se pueden producir en cualquier zona del cuerpo, aunque resultan más sensibles los miembros superiores, y la espalda, en especial en la zona dorsolumbar.
Según lo expuesto, una elevada tensión en la zona lumbosacra es la principal responsable de la patología lumbar, por lo que se deben estudiar aquellos valores que no deben ser superados, de manera análoga a como se hace con los agentes químicos tóxicos en Higiene Industrial. Estos valores límite (340 kg. de fuerza de compresión) son la base de los modelos utilizados en la determinación de las condiciones de manipulación para que el riesgo de lesión sea muy pequeño.
Por último, habría que añadir las lesiones en los miembros superiores como las sufridas en los hombros, brazos y manos; quemaduras producidas por encontrase las cargas a altas temperaturas; heridas o arañazos producidos por esquinas demasiado afiladas, astillamientos de la carga, superficies demasiado rugosas, clavos, etc.; contusiones por caídas de la carga debido a superficies resbaladizas (por aceites, grasas u otras sustancias); problemas circulatorios o hernias inguinales, y otros daños producidos por derramamiento de sustancias peligrosas.
En España, una de las principales causas de accidentes de trabajo son los sobreesfuerzos, debidos a la manipulación manual de cargas, con un el 8,9% de los accidentes por lumbalgias, y el 0,1% por hernias discales.
Si bien estas lesiones no son mortales, presentan el inconveniente de tener larga y difícil curación, es decir, requieren un largo período de rehabilitación. En muchas ocasiones el trabajador queda incapacitado para realizar su trabajo de forma habitual por lo que su calidad de vida queda muy trasto cada y además se generan grandes costes económicos, humanos y sociales.
11.3. CONTEXTO NORMATIVO.
Como ya se ha comentado con anterioridad, una de las operaciones que está muy asociada a una alta incidencia de alteraciones en la espalda y en concreto en la zona lumbar, es el levantamiento, manejo y transporte de cargas.
Por este motivo la Unión Europea adopta en 1990 la Directiva 90/269/CEE, que se transpone al derecho español por medio del Real Decreto 487/1997, de 14 de abril sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Posteriormente, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo elabora una Guía Técnica que tiene por objeto facilitar la aplicación de dicho Real Decreto.
A) Definiciones.
El Real Decreto 487/1997 recoge las siguientes definiciones:
- Manipulación manual de cargas cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores
-. Carga. Cualquier objeto susceptible de ser movido.
En la manipulación manual de cargas interviene el esfuerzo humano tanto de forma directa (levantamiento, colocación) corno indirecta (empuje, tracción, desplazamiento). También es manipulación manual transportar o mantener la carga alzada.
Incluye la sujeción con las manos y con otras partes del cuerpo, corno la espalda, y lanzar la carga de una persona a otra. No será manipulación de cargas la aplicación de fuerzas como el movimiento de una manivela o una palanca de mandos.
Según la ISO/CD 11228 se considera que la manipulación manual de toda carga que pese más de 3 kg. puede entrañar un potencial riesgo dorsolumbar no tolerable.
Aunque dicha carga pueda parecer bastante ligera, su manipulación en condiciones desfavorables, es decir, alejada del cuerpo, con posturas inadecuadas, muy frecuentemente, en condiciones ambientales desfavorables, con suelos inestables, etc., podría generar un riesgo.
B) Obligaciones.
En el artículo 3 del Real Decreto 487/1997 se establecen las obligaciones del empresario en materia de manipulación de cargas, a saber.
- Adoptar las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de las cargas. Para ello se propone la implantación de equipos automáticos o controlados por el trabajador para dicha manipulación.
-. Cuando no pueda evitarse la necesidad de manipulación manual de las cargas, el empresario tomará las medidas de organización adecuadas, utilizará los medios apropiados o proporcionará a los trabajadores tales medios para reducir el riesgo que entrañe dicha manipulación.
1. Evitar la manipulación de cargas.
Para evitar la manipulación de cargas el empresario está obligado a adoptar las medidas técnicas (como la automatización y mecanización de los procesos o el empleo de equipos mecánicos controlados de forma manual) u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de las cargas.
En el supuesto de que se logre este objetivo, la evaluación de riesgos no sería necesaria. Si consigue esto, no hace falta realizar una evaluación.
Automatización y mecanización de los procesos.
Mediante la automatización o mecanización de los procesos evita la intervención del esfuerzo humano. Las técnicas más utilizadas son:
∙ Paletización: Es una técnica muy adecuada para transportar carga entre lugares diferentes. Una vez que las cargas están paletizadas, éstas se pueden manipular de forma mecánica por medio de carretillas elevadoras, mesas regulables para levantamiento, mesas giratorias, cintas transportadoras, etc.
Así, mediante un adecuado diseño de las instalaciones es posible formar y transportar de forma automática cargas paletizadas, de forma que se elimine por completo la manipulación manual.
∙ Grúas y carretillas elevadoras: Los sistemas de impulsión para este tipo de equipos son muy variados (baterías, con motor Diesel, etc.) y pueden llevar diferentes dispositivos adaptados, de forma que pueden manipular desde cargas paletizadas hasta bidones.
∙ Sistemas transportadores: Permiten transportar automáticamente las cargas a lo largo del área de trabajo en el mismo nivelo en niveles diferentes: vías de rodillos, listones de rodillos, cintas transportadoras, vías de pantógrafo, toboganes.
∙ Grúas y grúas pórtico: capaces de levantar y suspender automáticamente una carga.
Equipos mecánicos controlados de forma manual.
Aunque no eliminan totalmente la manipulación manual de cargas, pueden reducirla considerablemente. Son equipos baratos y muy versátiles, lo que permite adaptarse distintas situaciones.
∙ Carretillas y carros: se utilizan para transportar las cargas, (sacos, cajas, bidones, etc.).
∙ Mesas elevadoras: permiten subir y bajar las cargas situándolas a la altura idónea sin necesidad de esfuerzo manual.
∙ Carros de plataforma elevadora: Combinan las ventajas de los dos
anteriores.
∙ Cajas y estanterías rodantes: Facilitan y reducen las fuerzas de empuje y tracción.
∙ Mecanismos para sujetar las cargas y reducir la necesidad de agacharse: ganchos para manipular láminas de acero u otro material, tenazas para grandes tablones o troncos de madera, etc.
Medidas organizativas.
Tras un estudio detallado de las tareas de manipulación, es posible llegar a la conclusión de reorganizar el diseño del trabajo, por ejemplo, de forma que las cargas se muevan en las direcciones y alturas más favorables, para que sea posible el uso de la automatización o de la mecanización.
Mantener la carga a la misma altura durante todo el proceso permite la utilización de cintas transportadoras, o al menos evita que el trabajador deba manipular la carga desde una posición desfavorable. También se pueden organizar las distintas fases de los procesos, de forma que se sitúen cerca unos de otros, puede eliminar la necesidad de transportar cargas.
Por último, señalar que la introducción de las ayudas mecánicas o la automatización de los procesos pueden originar nuevos riesgos, y además es posible que requieran de un mantenimiento. En resumen, las ayudas mecánicas serán adecuadas para la situación concreta de manipulación, compatible con el resto de los equipos de trabajo y fácil de manejar.
Se establecerá un sistema de mantenimiento periódico eficaz y además los trabajadores recibirán información sobre los riesgos derivados de la utilización de estos equipos y serán formados en la utilización segura de los mismos.
2. Reducir el riesgo. Evaluación de riesgos.
Cuando no es posible evitar la manipulación de las cargas, por ejemplo debido a la dificultad o imposibilidad de implantar equipos mecánicos en determinadas tareas es necesario proceder a evaluar el riesgo para determinar si es o no tolerable.
Una vez efectuada la evaluación, se pondrán en evidencia aquellos factores más desfavorables que inciden en la existencia de un riesgo no tolerable.
A continuación y utilizando los resultados de la evaluación se podrán proponer las medidas correctoras dependiendo de las características concretas de cada manipulación, para finalizar con el establecimiento de un orden de prioridades.
11.4. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Para aquellos casos en que no se puede evitar la manipulación manual, según el artículo 3.2 del Real Decreto 487/1997, el empresario deberá evaluar los riesgos. Dicha evaluación debe hacerse teniendo en cuenta los factores indicados en el Anexo del citado Real Decreto y sus posibles efectos combinados.
A) Revisión de las evaluaciones.
Según se establece en el artículo 16 del RSP (RD 39/1997), la evaluación de; los riesgos (derivados del uso de PVD por parte de trabajadores usuarios) se. Revisará cuando se introduzcan cambios significativos en el puesto de trabajo o cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores.
B) Registro de las evaluaciones.
El resultado de las evaluaciones (documentos, informes, fichas de evaluación por puesto y lugar de trabajo, ya sea en soporte impreso o en un medio informático) debe quedar registrado y además dicha documentación debe ser fácilmente accesible para su consulta por todas aquellas personas que afectadas: trabajadores, delegados de prevención, técnicos en prevención, etc.
C) Responsabilidad de realización.
El empresario o a través de los recursos internos (servicios de prevención propios) o externos (servicios de prevención ajenos) evaluación, siendo requisito indispensable disponer' de la cualificación adecuada para ello.
Cuando el resultado de la evaluación indique la existencia de un riesgo no tolerable el empresario debe adoptar las medidas de organización o medios técnicos apropiados para reducir los riesgos a un nivel tolerable.
✔ Utilización de ayudas mecánicas.
✔ Reducción o rediseño de la carga.
✔ Actuación sobre la organización del trabajo.
✔ Mejora del entorno de trabajo.
FACTORES DE RIESGO.
Los diferentes métodos o criterios a utilizar para evaluar los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas deben considerar los siguientes aspectos:
⮚ Características de la carga.
⮚ Esfuerzo físico.
⮚ Características del medio de trabajo.
⮚ Exigencias de la actividad.
⮚ Factores individuales de riesgo.
Las características de la carga en la manipulación manual pueden presentar un riesgo, en particular dorsolumbar, en los casos siguientes:
∙ Carga es demasiado pesada o demasiado grande.
∙ Voluminosa o difícil de sujetar.
∙ Está en equilibrio inestable o su contenido corre el riesgo de desplazarse.
∙ Está colocada de tal modo que debe sostenerse o manipularse a distancia del tronco o con torsión o inclinación del mismo.
∙ -.La carga, debido a su aspecto exterior o a su consistencia, puede ocasionar lesiones al trabajador, en particular en caso de golpe.
Un esfuerzo físico puede entrañar un riesgo, en particular dorsolumbar, en los casos siguientes:
∙ Cuando es demasiado importante.
∙ Cuando no puede realizarse más que por un movimiento de torsión o de flexión del tronco.
∙ Cuando puede acarrear un movimiento brusco de la carga., Cuando se realiza mientras el cuerpo está en posición inestable.
∙ Cuando se trate de alzar o descender la carga con necesidad de modificar el agarre.
Las características del medio de trabajo pueden aumentar el riesgo, en particular dorsolumbar, en los casos siguientes:
∙ Cuando el espacio libre; especialmente vertical, resulta insuficiente para el ejercicio de la actividad de que se trate.
∙ Cuando el suelo es irregular y, por tanto, puede dar lugar a tropiezos o bien es resbaladizo para el calzado que lleve el trabajador.
∙ Cuando la situación o el medio de trabajo no permite al trabajador la· manipulación manual de cargas a una altura segura y en una postura correcta.
∙ Cuando el suelo o el plano de trabajo presentan desniveles que implican la manipulación de la carga en niveles diferentes.
∙ Cuando el suelo o el punto de apoyo son inestables.
∙ Cuando la temperatura, humedad o circulación del aire son inadecuadas. ∙ Cuando la iluminación no sea adecuada.
∙ Cuando exista exposición a vibraciones.
La actividad puede entrañar riesgo, en particular dorsolumbar, cuando implique: una o varias de las exigencias siguientes:
∙ Esfuerzos físicos demasiado frecuentes o prolongados en los que intervenga en particular la columna vertebral.
∙ Periodo insuficiente de reposo fisiológico o de recuperación.
∙ Distancias demasiado grandes de elevación, descenso o transporte. ∙ Ritmo impuesto por un proceso que el trabajador no pueda modular. Los factores individuales de riesgo son los siguientes:
∙ Falta de aptitud física para realizar las tareas en cuestión.
∙ Inadecuación de las ropas, el calzado u otros efectos personales que lleve el trabajador.
∙ Insuficiencia o inadaptación de los conocimientos o de la formación. ∙ Existencia previa de patología dorsolumbar.
11.5. MÉTODO DEL INSHT.
El método del INSHT permite identificar las tareas o situaciones donde exista un riesgo no tolerable y, por tanto, aquellas que deban ser mejoradas o rediseñadas o bien requieran una valoración más detallada realizada por un experto en Ergonomía.
Este Método está basado en las recomendaciones del Real Decreto 487/1997, en los proyectos de Normas ISO y CEN sobre este mismo tema, así como en los criterios mayoritariamente aceptados por los expertos para la prevención de los riesgos debidos a la manipulación manual de cargas.
A) Ámbito de aplicación del método.
Como criterio general se consideran cargas aquellas cuyo peso exceda de 3. kg y, por tanto, se podrán evaluar con el Método del INSHT las tareas donde la carga manipulada exceda de este valor. Por otro lado, las cargas que pesen más de 25 kg. muy probablemente constituyan un riesgo en sí mismas, aunque no existan otras condiciones ergonómicas desfavorables.
El método está diseñado para evaluar los riesgos derivados de las tareas de levantamiento y depósito de cargas en postura "de pie".
Por eso, hay casos en que es conveniente realizar una evaluación más detallada, como por ejemplo en tareas que no se realicen en postura "de pie" (de rodillas, sentado…), en puestos de trabajo con manipulación manual de cargas "multitareas", donde las tareas que se efectúan son muy diferentes unas de otras, variando sustancialmente los pesos de las cargas manipuladas, la posición de las cargas con respecto al cuerpo, las frecuencias con que se manipulan, etc.
Si al realizar la evaluación aparecen dudas o existen situaciones que no se encuentran recogidas en el Método debería realizarse una evaluación más detallada por un experto en Ergonomía.
El empresario puede llevar a cabo la evaluación de los riesgos personalmente o a través de los recursos internos o externos correspondientes, siempre y cuando el que la efectúe disponga de la cualificación adecuada para ello.
B) Estructura y procedimiento del método.
El método se puede considerar dividido en dos apartados; factores de análisis y el procedimiento de evaluación.
Los-factores de análisis se corresponden con los "factores de riesgo" recogidos en el Anexo del Real Decreto 487/1997, solo que están agrupados en forma diferente para facilitar el proceso de evaluación.
El método del INSHT proporciona indicaciones sobre la posible influencia de cada uno de ellos, y dando sugerencias acerca de las medidas preventivas que se puedan tomar para que no influyan negativamente.
El procedimiento se puede considerar dividido en las siguientes fases: ✔ Fase 1. Aplicación del diagrama de decisiones.
✔ Fase 2. Recogida de datos: En esta fase se recogen los datos y características concretas de la manipulación en el puesto de trabajo. Para ello se proporciona una ficha que consta de tres partes:
- Datos de la manipulación.
- Datos ergonómicos
-.Datos individuales.
✔ Fase 3. Cálculo del peso aceptable Esta ficha permite calcular un peso límite de referencia (peso aceptable), que se comparará con el peso real de la carga al realizar la evaluación de la ficha 3.
✔ Fase 4. Evaluación: Una vez finalizada la fase de recogida de datos, será necesario realizar una evaluación global del posible riesgo, teniendo en cuenta todos los factores de análisis. Mediante el empleo de la ficha "Evaluación del riesgo", se proporcionan indicaciones del Método a seguir para realizar tal evaluación.
✔ Fase 5. Medidas correctoras: Si en la evaluación se detectan riesgos no tolerables, será necesario llevar a cabo acciones correctoras. Para ello se utiliza la ficha denominada "Medidas correctora” que facilita la anotación de las mismas.
C) Factores de análisis.
Entre los factores a tener en cuenta a la hora de proceder a la evaluación los riesgos de lesiones dorsolumbares por manipulación manual de cargas se deben citar los siguientes:
- Peso de la carga.
- Posición de la carga con respecto al cuerpo.
- Desplazamiento vertical de la carga.
- Giros del tronco.
- Agarres de la carga.
- Frecuencia de manipulación.
- Transporte de la carga.
- Inclinación del tronco.
- Fuerzas de empuje y tracción.
- Tamaño de la carga.
- Superficie de la carga.
- Información acerca del peso y centro de gravedad.
- La posibilidad de que el centro de gravedad de la carga esté descentrado o se pueda desplazar.
- Los movimientos bruscos o inesperados de las cargas.
- Las pausas o períodos de recuperación.
- El ritmo impuesto por el proceso.
- La inestabilidad de la postura.
- Los suelos resbaladizos o desiguales.
- El espacio insuficiente.
- Los desniveles del suelo.
- Las condiciones termohigrométricas extremas.
- Las ráfagas de viento fuertes.
- La iluminación deficiente.
- Los EPls.
-. Las vibraciones.
- El calzado.
- Las tareas peligrosas para personas con problemas de salud.
- Las tareas que requieren capacidades físicas inusuales del trabajador. - Las tareas peligrosas para las mujeres embarazadas.
- La formación e información insuficientes.
∙ Peso de la carga.
A modo de indicación general, el peso máximo que se recomienda no sobrepasar es de 25 Kg. en condiciones ideales de manipulación.
Cuando la población expuesta sean mujeres, trabajadores jóvenes mayores, o si se quiere proteger a la mayoría, no se deben manejar cargas superiores a 15 kg. Es decir, se trata de reducir los 25 kg. de referencia multiplicando por un factor de corrección de 0,6.
En circunstancias especiales, unos trabajadores sanos y entrenados físicamente podrían manipular cargas de hasta 40 kg., siempre que la tarea se realice de forma esporádica y en condiciones seguras. En este caso se ha multiplicado el valor de referencia de 25 kg por un factor de corrección de 1,6.
Como es lógico, en esta situación el porcentaje de población protegida sería mucho menor. En cualquier caso, no se deben exceder los 40 kg. bajo ninguna circunstancia.
Dado que los puestos de trabajo deberían ser accesibles para toda la población trabajadora, exceder el límite de 25 kg. debe ser considerado como una excepción. En la Tabla II se recogen los valores máximos de peso en condiciones ideales son:
Tabla II.- Peso máximo recomendado.
Estos son los valores máximos de peso en condiciones ideales. Ahora bien, si no se dan dichas condiciones, los límites de peso se reducirán.
Cuando se sobrepasen estos valores de peso, ver Tabla II, se deberán tomar medidas preventivas de forma que el trabajador no manipule las cargas o que consigan que el peso manipulado sea menor. Entre otras medidas y dependiendo de la situación concreta, se podrían tomar alguna de las siguientes:
❖ Uso de ayudas mecánicas.
❖ Levantamiento de la carga entre dos personas.
❖ Reducción de los pesos de las cargas manipuladas en posible combinación con la reducción de la frecuencia, etc.
∙ Posición de la carga con respecto al cuerpo.
La combinación del peso junto con otros factores, como la postura, la posición de la carga, etc., van a determinar que los pesos recomendados, ver Tabla II, estén dentro de un rango admisible o, por el contrario, supongan todavía un riesgo importante para la salud del trabajador.
De este modo, el alejamiento de las cargas respecto al centro de gravedad; del cuerpo supone un agravamiento de la situación. Para evaluar este factor es necesario conocer dos factores: la distancia horizontal (H) y la distancia vertical (V), para que de esta forma se puedan conocer las "coordenadas" de la situación de la carga.
Así, cuanto más alejada esté la carga del cuerpo, mayores serán las fuerzas comprensivas que se generan en la columna vertebral y, por tanto, el riesgo de lesión- será mayor. En función de las coordenadas H y V, es decir, la posición de la carga con respecto al cuerpo, el peso teórico recomendado que se puede manejar se puede conocer a partir de lo indicado en la figura 5.
Altura de la cabeza.
Altura del hombro.
Altura del codo.
Altura de los nudillos.
Altura de media pierna.
Figura 5.Peso teórico máximo recomendado en función de la zona de manipulación.
En aquellos casos donde se manipulen cargas en más de una zona o cuadrantes de los indicados en la figura 5 se tomará como valor de referencia aquél que sea más desfavorable.
Los saltos de una zona a otra no son bruscos, por lo que quedará a criterio del evaluador tener en cuenta incluso valores medios cuando la carga se encuentre cercana a la transición de una zona a otra.
Para ofrecer una mayor protección, es decir, si se desea cubrir a la mayoría de la población (hasta el 95%), el peso teórico recomendado en condiciones ideales de levantamiento debería ser de 15 kg.
Si se trata de una manipulación esporádica por parte de trabajadores sanos y entrenados, el peso teórico recomendado en esta situación podría llegar a ser de hasta 40 kg.
Esto equivaldría a multiplicar los valores de referencia que aparecen en la figura 2 por los factores de corrección 0,6 y 1,6, respectivamente
Figura 6.-Peso teórico máximo recomendado en función de la zona de manipulación.
Considerando las figuras 5 y 6, el peso teórico recomendado sería de 7 kg., puesto que la zona más desfavorable de manipulación está comprendida entre la altura de la cabeza y la altura del hombro del trabajador, y separada del cuerpo. Las otras opciones serían las siguientes:
_Protección a la mayoría de la población:
Peso teórico recomendado= 7 kg. × 0,6= 4,2 kg.
_Protección para trabajadores sanos y entrenados:
Peso teórico recomendado= 7 kg. × 1,6= 11,2 kg.
Cuando el peso real de la carga sea mayor que el peso teórico recomendado se deben llevar a cabo la implantación de acciones correctoras destinadas a reducir o eliminar el riesgo.
▪ Uso de ayudas mecánicas.
▪ Reducción del peso de la carga.
▪ Levantamiento en equipo, es decir entre dos o más trabajadores.
▪ Rediseño de tareas de forma que sea posible manejar la carga pegada al cuerpo, entre la altura de los codos y la altura de los nudillos.
▪ Utilización de mesas elevadoras que permitan manejar la carga a la altura ya recomendada, etc.
Aunque el Método está diseñado para la evaluación de puestos de trabajo en posición de pie, establece la recomendación de no manipular cargas de más de 5 kg. en postura sentada, en una zona próxima al tronco. Hay que evitar manipular cargas en posición de sentado a nivel del suelo o por encima del nivel de los hombros y giros e inclinaciones del tronco, ya que la capacidad' de levantamiento mientras se está sentado es
considerablemente menor que cuando se manejan cargas en posición de pie.
Esto se debe a la imposibilidad de utilizar la fuerza de las piernas en el levantamiento con lo que el cuerpo no puede servir de contrapeso y, por tanto, la mayor parte del esfuerzo debe hacerse con los músculos más débiles de los brazos y el tronco. Por otro lado, se tiene un riesgo añadido debido a que la curvatura lumbar está modificada en esta postura.
Así mismo, cuando se maneja una carga entre dos o más personas, las capacidades individuales disminuyen, debido a la dificultad de sincronizar los movimientos o por dificultarse la visión unos a otros.
∙ Desplazamiento vertical de la carga.
Se define el desplazamiento vertical de una carga es la distancia que recorre la misma desde que se inicia el levantamiento hasta que finaliza la manipulación. Para este tipo de desplazamientos el método del INSHT señala la carga el peso teórico recomendado que se podría manejar. Para su cálculo se deberá multiplicar el peso por alguno de los factores recogidos en la Tabla lII.
Tabla III.- Factor de corrección para el desplazamiento vertical.
Según lo expuesto en la Tabla III, el desplazamiento vertical ~ideal de una carga es aquel' que comprende una distancia de hasta 25 cm, siempre que dichos desplazamientos -estén comprendidos entre la altura de los hombros y la altura de media pierna. Como criterios o límites se pueden señalar los siguientes aspectos:
▪ Evitar los desplazamientos que se realicen fuera de los rangos de la Tabla III.
▪ No manejar cargas por encima de 175 cm, que corresponde con el límite de alcance para muchas personas.
Cuando los desplazamientos verticales sean muy desfavorables, el empresario debe tomar medidas preventivas que modifiquen favorablemente este factor, como la utilización de mesas elevadoras u organizar las tareas de almacenamiento, de forma que los elementos más pesados se almacenen a la altura más favorable, dejando las zonas superiores e inferiores para los objetos menos pesados, etc.
∙ Giro del tronco.
Se puede estimar el giro del tronco determinando el ángulo que forman la~' líneas que unen los talones con la línea de los hombros, ver figura 7.
Cuando se gire el tronco mientras se maneje la carga, es necesario reducir el valor de los pesos recomendados, para su cálculo el Método del INSHT propone multiplicar el valor de referencia por los factores dados en la Tabla IV.
Tabla IV.- Factores para el giro del tronco.
Como principal medida preventiva frente a este factor señalar que siempre que sea posible se diseñarán las tareas de forma tal que en la manipulación" de las cargas no se efectuarán giros.
Esto se debe a que los giros aumentan de manera considerable las fuerzas_ compresivas en la zona lumbar.
∙ Agarres de la carga.
Cuando la carga sea de una forma geométrica especial (redonda), lisa, resbaladiza o no disponga de los agarres adecuados, se producirá un aumento considerable del riesgo al no poder el trabajador sujetarla correctamente.
De esta forma, al manipular una carga, se pueden dar los siguientes tipos de agarres:
AGARRE BUENO: Si la carga tiene asas u otro tipo de agarres con una forma y tamaño que permita un agarre confortable con toda la mano, permaneciendo la muñeca en una posición neutral, sin desviaciones ni posturas desfavorables.
AGARRE REGULAR: Si la carga tiene asas o hendiduras no tan óptimas, de forma que no permitan un agarre tan confortable como en el apartado anterior. También se incluyen aquellas cargas sin asas que pueden sujetarse flexionando la mano 90° alrededor de la carga.
AGARRE MALO: Si no se cumplen los requisitos del agarre medio. Si los agarres no son adecuados, el peso teórico propuesto deberá
reducirse multiplicando por el alguno de los factores recogidos en la Tabla VI.
Tabla VI.- Factor para el tipo de agarre.
Como medidas preventivas para reducir los efectos negativos de este factor se pueden citar la incorporación de unas asas o agarres adecuados a las cargas. De esta forma será posible sostener firmemente el objeto, permitiendo por otro lado una postura de trabajo correcta.
∙ Frecuencia de la manipulación.
Una frecuencia elevada es decir, realizar muchos movimientos en un periodo de tiempo corto, en la manipulación manual de las cargas tiene· como resultado la aparición de la fatiga física y una mayor probabilidad de sufrir un accidente.
Para tener en cuenta el factor de la frecuencia de manipulación, el peso teórico propuesto (25 kg) deberá reducirse multiplicando por el consiguiente factor de corrección, ver Tabla VII
Tabla VII.-Factor para la frecuencia de manipulación.
Entre las medidas preventivas para reducir el efecto de este factor se puede citar dedicar parte el resto del tiempo de trabajo a actividades menos pesadas y que no impliquen la utilización de los mismos grupos musculares, de forma que sea posible la recuperación física del trabajador.
∙ Transporte de la carga.
Los límites de carga acumulada diariamente en un turno de 8 horas, en función de la distancia de transporte, no deben superar los datos de la Tabla VI de la siguiente tabla VIII:
Tabla VIII.- Factor de transporte de la carga.
Desde el punto de vista preventivo, lo ideal es no transportar la carga una distancia superior a 1 metro.
Para trayectos superiores a los 10 metros, las demandas físicas resultan ser muy grandes para el trabajador, produciéndose con ello un gran gasto metabólico, por lo que este valor puede servir como criterio máximo.
∙ Inclinación del tronco.
Si el tronco está -inclinado mientras se manipula una carga se generarán unas fuerzas compresivas en la zona lumbar mucho mayores que si el tronco se mantuviera derecho, lo cual aumenta el-riesgo de lesión en esa zona. La inclinación puede deberse tanto a una mala técnica de levantamiento como a una falta de espacio, fundamentalmente el vertical.
Entre las medidas preventivas para este factor se puede citar evitar manipular cargas en lugares donde el espacio vertical sea insuficiente.
∙ Fuerzas de empuje y tracción.
Cuando se aplica una fuerza a una carga, ya sea del tipo de empuje o de tracción, con las manos por debajo de la altura de los nudillos, o por encima del nivel de los hombros ya que fuera de estos rangos, el punto de aplicación de las fuerzas resultará ser excesivamente alto o bajo y por tanto, no se aplicará correctamente y además existe un riesgo elevado de lesión.
Si a todo lo anterior se le añade un apoyo de los pies poco firme, se podrá aumentar el riesgo de lesión.
∙ Tamaño de la carga.
Cuando se manipula una carga demasiado ancha, profunda o alta no resulta fácil cogerla de manera adecuada. Así, por ejemplo, una carga demasiado ancha obliga al trabajador a mantener posturas forzadas de los brazos y no permite un buen agarre de la misma. Por otro lado, si la carga es muy voluminosa no resultará sencillo levantarla desde el suelo en una postura segura al no ser posible acercarla al cuerpo y mantener la espalda derecha.
Mientras que una carga demasiado profunda, aumentará la distancia horizontal, siendo mayores las fuerzas compresivas en la columna vertebral y una carga demasiado alta podría entorpecer la visibilidad, existiendo riesgo de tropiezos con objetos que se encuentren en el camino.
Desde el punto de vista preventivo en relación al tamaño de la carga se pueden citar las siguientes recomendaciones:
⮚ Anchura de la carga no superior la anchura de los hombros (60 cm aproximadamente).
⮚ Profundidad de la carga no superior a los 50 cm., siendo recomendable que no supere los 35 cm.
El riesgo de lesión provocado por un tamaño no adecuado de la carga se incrementa en gran medida si se superan los valores en más de una dimensión y si el objeto no proporciona agarres convenientes.
∙ Superficie de la carga.
La presencia de bordes cortantes o afilados es origen de riesgo de lesiones como cortes, rasguños, etc. Por el contrario, si la carga es resbaladiza (en sí misma o por algún derrame externo), ésta podrá caer de las manos del trabajador, pudiendo éste golpearse. Respecto a la temperatura señalar que los objetos demasiado calientes o demasiado fríos podrían originar un riesgo en su manipulación.
Como medida preventiva para este factor se puede indicar que la superficie de la carga no tendrá elementos peligrosos que generen riesgos de lesiones. Si esto no es posible, será necesaria la utilización de guantes para evitar lesiones en las manos.
∙ Información del peso y centro de gravedad.
Conocer el peso de una carga permite tomar las debidas precauciones antes de proceder a su manejo. Otro dato que puede resultar de gran ayuda es la situación o características del centro de gravedad de las cargas que manipula, sobre todo cuando pueda moverse (elementos sueltos dentro de una caja, líquidos en un recipiente), o cuando esté desplazado del centro geométrico de la carga. Esta información se puede solicitar al fabricante, suministrador o importador de la misma.
∙ Centro de gravedad descentrado o desplazado.
Cuando el centro de gravedad de un objeto está desplazado de su centro geométrico, suele ocurrir también que se encuentra muy alejado del centro de gravedad del cuerpo del trabajador. Esto tiene como resultado un aumento considerable de las fuerzas compresivas que se van a generar en los músculos y articulaciones (sobre todo en la zona lumbar).
La manipulación de líquidos o de otro tipo de cargas con un centro de gravedad que se pueda mover puede incrementar el riesgo de lesión, al producirse fuerzas y tensiones que impedirán un levantamiento equilibrado.
Como medidas preventivas se encuentran las siguientes actuaciones:
Las cargas deberán tener preferentemente el centro de gravedad fijo y centrado.
Cuando lo anterior no sea posible, se debe advertir al trabajador mediante una etiqueta.
Las cargas con el centro de gravedad descentrado se manipularán con el lado más pesado cerca del cuerpo.
Respecto a la etiqueta, la Norma UNE EN 20780 (Embalajes, símbolos gráficos relativos a la manipulación de mercancías), señala como indicar el centro de gravedad de la carga cuando no es idéntico al centro de gravedad sugerido por la forma del embalaje. Para ello dicha norma recomienda utilizar el símbolo mostrado en la figura 9.
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Figura 9.- Señalización del centro de gravedad de una carga.
∙ Movimientos bruscos o inesperados.
Hay cargas que pueden moverse de forma brusca o inesperada como, por ejemplo, los objetos que se encuentran encajonados o atrapados por alguna causa, los cuales pueden liberarse bruscamente al tratar de manipularlos, dando origen a un riesgo de lesión dorsolumbar importante.
Como medidas preventivas se pueden citar: el acondicionamiento de la carga de forma que se impidan los movimientos del contenido; usar ayudas mecánicas (como las grúas para el transporte de enfermos, por ejemplo); utilizar las técnicas de manipulación de enfermos; manipular en equipo, etc.
∙ Pausas o períodos de recuperación.
La ausencia de descanso suficiente tiene como resultado la aparición de la fatiga y con ésta un descenso del rendimiento y por otro lado, un aumento de la probabilidad de que el trabajador sufra una lesión o accidente. Por este motivo es programar la realización de pausas, preferiblemente flexibles, ya que las fijas y obligatorias suelen ser menos efectivas para aliviar la fatiga.
Otra medida organizativa para disminuir la presencia de la fatiga es llevar a cabo un programa de rotación de tareas, con cambios a actividades que no conlleven gran esfuerzo físico y que no impliquen la utilización de los mismos grupos musculares.
∙ Ritmo impuesto por el proceso.
El trabajador debe procurar regular su ritmo de trabajo, procurando que no esté impuesto por el propio proceso, para evitar la fatiga.
Si el trabajador debe amoldarse al ritmo del proceso, por ejemplo, en un trabajo en cadena, la fatiga se irá acumulando y podrá aumentar en un espacio de tiempo muy corto.
∙ Inestabilidad de la postura.
Cuando el trabajador lleva a cabo la tarea de manipulación de cargas en una postura inestable, existe un riesgo real de perder el equilibrio y además la posibilidad de que se produzcan tensiones impredecibles en músculos y articulaciones podrá dar lugar a situaciones de riesgo importantes. Como medida preventiva las tareas de manipulación de cargas se deben realizar sobre superficies estables.
∙ Suelos resbaladizos o desiguales.
Los pavimentos serán regulares, sin discontinuidades que puedan hacer tropezar y permitirán un buen agarre del calzado, de forma que se eviten los riesgos de resbalones o tropiezos.
∙ Espacio insuficiente
La adopción de una postura de pie cómoda y llevar a cabo una manipulación correcta de las cargas está directamente relacionada directamente con la mayor o menor disponibilidad de espacio libre para el trabajador.
Así, como principal medida preventiva para este factor se puede citar evitar las restricciones de espacio, (existencia de máquinas, cajas, etc.) ya que éstas podrían obligar al trabajador a realizar giros e inclinaciones innecesarios del tronco que aumentarán considerablemente el riesgo de lesión.
∙ Desniveles de los suelos.
Se deben evitar subir escalones o cuestas cargando cargas, pues el riesgo de lesión-aumenta considerablemente debido a que se añade complejidad a los movimientos y se crean grandes fuerzas 'estáticas en los - músculos y articulaciones de la espalda.
∙ Condiciones termohigrométricas extremas.
La temperatura es un factor que afecta en gran medida en la aparición de la fatiga durante las tareas de manipulación manual de cargas:
▪ Para temperaturas demasiado cálidas, el trabajador podrá llegar mucho antes a un estado de fatiga. Por otro lado, la transpiración en las manos hace que el agarre de la carga sea menos firme.
▪ Para temperaturas demasiado bajas, se entumecerán los músculos, concretamente los de los brazos y las manos, aumentando el riesgo de lesión debido a ese entumecimiento, se perderá destreza manual y se dificultarán los movimientos.
Como medida preventiva se aconseja que la temperatura del lugar de trabajo donde se deben manipular las cargas se mantenga dentro de unos rangos confortables. En este sentido el Real Decreto 486/1997 sobre lugares de trabajo recomienda que en locales interiores el rango de temperaturas para trabajos ligeros se encuentre entre 14 ºC y 25 ºC.
Si no es posible la realización de las tareas dentro de unos rangos de temperatura confortable, se evitará el efecto negativo de las mismas mediante las siguientes medidas preventivas:
- Temperaturas elevadas. Establecer pausas apropiadas para que se produzca un adecuado reposo fisiológico.
- Temperaturas bajas. El trabajador deberá estar convenientemente abrigado y procurará no hacer movimientos bruscos o violentos antes de haber calentado y desentumecido los músculos.
En los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo.
El efecto negativo de una temperatura extremada se potenciará si la humedad ambiental lo es también, ya. que la fatiga aparecerá antes. El Real Decreto 486/1997 sobre lugares de trabajo, establece unos rangos de humedad relativa entre el 30 y el 70 %.
∙ Ráfagas de viento fuertes.
En trabajos que se realizan en el exterior, se debe tener en cuenta la posibilidad de que existan vientos fuertes, sobre todo cuando soplan en forma de ráfagas, que puedan enfriar y entumecer rápidamente el cuerpo del trabajador.
Para evitar el riesgo por ráfagas de viento se puede hacer la manipulación más segura mediante el uso de ayudas mecánicas.
∙ Iluminación deficiente.
La falta de visibilidad en el puesto de trabajo podrá provocar un riesgo de producirse tropiezos o accidentes, al no valorar adecuadamente la posición y la distancia, debido a una deficiente iluminación o a posibles deslumbramientos.
En el Real Decreto 486/1997 se establecen las condiciones de iluminación que deben tener los lugares de trabajo. Dicha iluminación además de cumplir con los niveles legales requeridos tiene que evitar zonas con elevados contrastes que puedan cegar al trabajador.
∙ Vibraciones.
La presencia de vibraciones en aquellos puestos donde se manipulan cargas puede producir molestias, dolores o lesiones-en la columna vertebral y otras articulaciones del cuerpo. En este sentido se deberá prestar especial atención cuando las cargas se manipulan en superficies sometidas a vibraciones pues en estos casos el riesgo de lesiones dorsolumbares y otras articulaciones del cuerpo se verá potenciado. Como medidas preventivas se pueden citar las siguientes actuaciones:
▪ Se procurará evitar la manipulación de cargas encima de plataformas, camiones, y todas aquellas superficies susceptibles de producir vibraciones.
▪ Si el trabajador está sometido a vibraciones importantes en alguna tarea a lo largo de su jornada laboral, aunque no coincida con las tareas de manipulación, se deberá tener en cuenta que puede existir un riesgo dorsolumbar añadido.
∙ EPIs.
Cuando sea necesario la utilización de prendas de protección se tiene que considerar que éstas pueden entorpecer en algunos casos los movimientos, mientras que equipos de protección individual (gafas, máscaras, etc.), si son muy voluminosos, podrían afectar a una correcta visibilidad
Respecto a la vestimenta de trabajo se debe indica que ésta puede interferir en la manipulación si lleva bolsillos amplios, cinturones u otros elementos susceptibles de engancharse y provocar un accidente. Los equipos de protección individual no· deberán interferir en la capacidad de realizar
movimientos, no impedirán la visión ni disminuirán la destreza manual. Se evitarán los bolsillos, cinturones, u otros elementos fáciles de enganchar. La vestimenta deberá ser cómoda y no ajustada.
∙ Calzado.
El calzado a utilizar por el trabajador que manipula cargas debe proporcionarle un adecuado acoplamiento con el pavimento y además tener una suela suficientemente antideslizante para evitar los resbalones y caídas del trabajador. Por otro lado, el calzado constituirá un soporte adecuado para los pies, será estable, con la suela no deslizante, y proporcionará una protección adecuada del pie contra la caída de objetos.
∙ Trabajadores con problemas de salud (especialmente sensibles)
Según el artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y 4 del RSP se deberán evaluar los riesgos teniendo en cuenta la posibilidad de que el trabajador sea especialmente sensible por sus características personales o su estado biológico conocido.
∙ Tareas que requieren capacidades físicas inusuales
La capacidad de realizar actividades físicas como las de manejo manual de cargas varía de unas personas a otras.
En los casos citados en el ejemplo, el riesgo resulta inaceptable por lo que será necesario corregir la situación si las tareas no pueden realizarse sin riesgo para la mayoría de las personas.
∙ Las tareas peligrosas para las mujeres embarazadas.
La sobrecarga de peso y el cambio en la curvatura de la columna lumbar de la futura madre hace que, en muchas ocasiones, la espalda ya esté dolorida incluso sin realizar ningún tipo de esfuerzo adicional. Si a esto se le unen cambios hormonales que pueden afectar a los ligamentos y el aumento de la posibilidad de aborto o parto prematuro cuando se levantan pesos o se realizan movimientos bruscos o ejercicio excesivo se deben tomar las debidas medidas para evitar estos riesgos.
En este sentido la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 26 señala que el empresario deberá tomar las medidas adecuadas para evitar la exposición a dichos riesgos (lesiones fetales, desprendimiento de la placenta, etc.).
Así, las medidas pueden ser:
⮚ Adaptación de las condiciones de trabajo.
⮚ Adaptación del tiempo de trabajo.
Cuando la adaptación no sea posible, las mujeres que se encuentren en este caso y que manejen cargas habitualmente en su puesto de trabajo deberían preferentemente dejar de manejarlas, realizando durante este tiempo otras actividades más livianas. Se tendrá un cuidado especial durante el embarazo y hasta tres meses después del parto.
∙ Formación e información suficiente.
En el artículo 4 del Real Decreto 487/1997 se indica que el empresario debe impartir a los trabajadores Programas de entrenamiento destinados a proporcionar la formación e información adecuadas sobre los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas, así como de las medidas de prevención y protección que se deban adoptar en las tareas concretas que se realicen.
D) Procedimiento de evaluación.
El procedimiento se desarrolla a través de las cinco fases siguientes: Diagrama de Decisiones.
Recogida de datos.
Cálculo del peso aceptable.
Evaluación del riesgo.
Medidas correctoras. -;'
∙ Aplicación del diagrama de decisiones.
El Diagrama de decisiones, figura 10, sirve de--guía en-Ia metodología de actuación ante una posible situación de manipulación manual. de cargas. De su aplicación se puede llevar a dos situaciones:
∙ Fin del proceso. Se llegará a esta situación:
-si las tareas realizadas no implican la manipulación de cargas que puedan ocasionar lesiones dorsolumbares para el trabajador (las cargas menores de 3 kg no se considera que sean capaces de generar riesgos dorsolumbares, aunque podrían generarse riesgos por esfuerzos repetidos, sobre todo en los miembros superiores).
- si los procesos pueden automatizarse o mecanizarse.
- si es posible evitar la manipulación manual mediante el uso de ayudas' mecánicas controladas de forma manual. Este análisis inicial se revisará periódicamente o si cambian las condiciones de trabajo.
∙ Evaluación del riesgo. Se procederá a realizar una evaluación de los riesgos en aquellas tareas en que exista una manipulación de cargas susceptible de generar riesgos dorsolumbares (mayores de 3 kg). La evaluación puede conducir a dos situaciones:
- Riesgo tolerable: Aquellas tareas en las que no se necesite mejorar la acción preventiva se llegaría a "Fin del proceso". Sin embargo, se pueden buscar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control.
- Riesgo no tolerable: Aquellas tareas en las que el resultado de la evaluación sea éste deberán ser modificadas de manera que el riesgo se reduzca a un nivel de "riesgo tolerable" al menos, con lo que se llegaría al “Fin del proceso”.
Cuando las cargas manipuladas manualmente superen más de 25 kg. de 15 kg. ó de 40 kg. (dependiendo del rango de protección considerado), existirá seguramente un riesgo debido al peso de las cargas.
∙ Recogida de datos
Fase donde se recogen todos los datos necesarios para realizar la evaluación del riesgo en cada tarea. Para ello se cumplimentará en el puesto de trabajo a evaluar la ficha 1 que tiene tres partes:
Figura 10.-Diagrama de decisiones.
Datos de la manipulación. (Ficha F1A).
En ella, ver figura 11, se recogerán datos cuantificables que serán -'-1 necesarios para realizar la evaluación:
▪ Se anotará el peso real que tiene la carga que se manipula.
▪ Se tomarán los datos que permitirán calcular-un peso (Peso Aceptable), que servirá como un valor de referencia a comparar con el peso real, y que no se deberá sobrepasar.
▪ Se marcarán las casillas que correspondan a la situación concreta de la manipulación.
▪ Se anotará el peso que transporta diariamente el trabajador. ▪ Se anotará la distancia recorrida mientras se manipulan las cargas.
Datos ergonómicos. (Ficha F1B).
Estos datos son en su mayoría subjetivos, siendo muy importante en este caso la opinión de la persona que los toma, la cual deberá haber estudiado previamente cómo pueden influir los diferentes "factores de análisis”.
La contestación a las preguntas es SI o NO, ver figura 12. Las respuestas afirmativas en estos datos indican que muy probablemente pueda existir un riesgo debido al factor considerado, aunque en estos casos la persona que realiza la evaluación debe considerar si se trata de un riesgo tolerable o no tolerable.
1. PESO REAL DE LA CARGA…………….. Kg
2. DATOS PARA CALCULO PESO ACEPTABLE
2.1. Peso Teórico recomendado en función
zona de manipulación:……………..Kg
2.2 Desplazamiento Vertical
Factor:……………………………….
2.2. Giro del Tronco.
Factor:………………………………..
2.3. Tipo de Agarre
2.4. Frecuencia de manipulación
Factor:………………
3. PESO TOTAL TRANSPORTADO DIARIAMENTE…….…….Kg 4. DISTANCIA DE TRANSPORTE…………………………..…..Kg.
Figura 12.- Ficha 1. Recogida de datos. F1B) Datos ergonómicos.
Datos individuales. (Ficha F1C).
Se recogen factores dependientes del individuo, como pueden ser: lesiones en la espalda o enfermedades importantes; situaciones especiales, como el embarazo de las trabajadoras, que por sus características hagan que no sea aconsejable que manejen cargas. En caso de manejarlas, estas deberán ser sensiblemente inferiores a las que se pueden manejar en situaciones normales.
Figura 13.- ficha 1. Recogida de datos. F1C) Datos individuales.
Cálculo del peso aceptable.
Con la ficha de la figura 14 y utilizando los datos de campo recogidos en la ficha F1A (Recogida de datos, datos de la manipulación) se calcula el denominado Peso aceptable. Dicho peso es un límite de referencia teórico, de forma que si el peso real de las cargas transportadas es mayor.: que este Peso aceptable, muy probablemente se estará ante una situación de riesgo.
Este Peso aceptable se calcula a partir de un peso teórico que dependerá de la zona de manipulación de la carga y que se multiplicará por una serie
de factores de corrección que varían entre O y 1, en función del desplazamiento vertical, el giro, el tipo de agarre y la frecuencia. FICHA 2
CÁLCULO DEL PESO MÁXIMO RECOMENDADO
SELECCIONAR EL PESO TEÓRICO RECOMENDADO
Altura de la cabeza.
Altura del hombro.
Altura del codo.
Altura de los nudillos.
……………………Kg.
Altura de media pierna.
Figura 14.- Ficha 2 Cálculo del peso aceptable.
Evaluación del riesgo.
En· esta fase se procede a la evaluación del, mediante un diagrama que; conduce a dos situaciones: riesgo tolerable o riesgo no tolerable. En este último caso se deberá proseguir con la implantación de medidas preventivas para su eliminación o reducción. El proceso de evaluación, ver figura 15, tiene cuatro pasos:
- Primer paso: En general, si la carga pesa más de 25 kg, ya se puede pensar que probablemente existirá riesgo.
o Para individuos sanos y debidamente entrenados, la carga podrá pesar hasta 40 kg, pero sólo se podrá manejar esporádicamente.
o Si se quiere proteger a la mayoría de la población, incluyendo a las mujeres y a los hombres menos fuertes, el peso real no deberá superar los 15 kg.
- Segundo paso: Se compara el Peso Real de la carga con el Peso Aceptable obtenido en la ficha 2. Si el Peso Real supera el valor del Peso Aceptable, la tarea supone un riesgo no tolerable.
También en este caso se podrá optar por proteger a la mayoría de la población o sólo para individuos entrenados:
o Mayoría de la población: Multiplicar el Peso Aceptable por 0,6.
o Trabajadores sanos y entrenados: Multiplicar el Peso Aceptable por 1,6.
-. Tercer paso: La evaluación puede seguir dos caminos:
o Si se transporta la carga una distancia menor de 10 metros. o Si se transporta la carga una distancia mayor de 10 metros.
Si el peso transportado diariamente supera los valores propuestos (10.000 kg. y 6.000 kg., respectivamente), existe un riesgo no tolerable.
-. Cuarto paso: En este paso se valorará si se superan adecuadamente los demás factores de las fichas F1A y F1B (Datos ergonómicos y datos
individuales). Las respuestas afirmativas indican que probablemente pueda existir un riesgo debido al factor en cuestión y, por tanto, cuantas más aparezcan, más probable será que el riesgo sea no tolerable.
La persona responsable de realizar la evaluación debe valorar si estas respuestas' positivas son susceptibles de generar-riesgos inaceptables, llegando a una situación de RIESGO NO TOLERABLE o, por el contrario, no son suficientes para generarlos, con lo que se llegaría a una situación de RIESGO TOLERABLE.
∙ Medidas correctoras.
Si la evaluación final indica que existe un riesgo no tolerable por manipulación manual de cargas, se deberá usar la ficha recogida en la figura 16 que permitirá establecer la actuación sobre algunos factores hará que los restantes puedan desaparecer o reducirse considerablemente ya que muchos estarán interrelacionados.
Figura 16.- Ficha 4. Evaluación del riesgo
Se deben proponer medidas que eliminen o reduzcan del riesgo, debido a la manipulación manual de cargas, al nivel más bajo que sea razonablemente posible:
∙ - Utilización de ayudas mecánicas.'
∙ - Reducción o rediseño de la carga. (Reduciendo su tamaño, o su peso, o rediseñando la carga, de manera que tenga una forma regular, e incluso dotándola de asas que faciliten el agarre).
∙ Organización del trabajo. (organizando las tareas de forma que se eviten giros, inclinaciones, estiramientos, empujes, etc. innecesarios).
∙ Mejora del entorno de trabajo, evitando por ejemplo los desniveles, las escaleras, los espacios constreñidos o insuficientes, las temperaturas extremadas, etc.
11.6. FORMACIÓN E INFORMACIÓN'
Según se establece en el artículo 4 del RD 487/97 y de conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario deberá garantizar que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban una formación e información adecuadas sobre los riesgos derivado de la manipulación manual de las cargas, así como sobre las medidas de prevención y protección que hayan de adoptarse en aplicación del presente Real Decreto.
Esto se puede hacer a través de los denominados Programas de entrenamiento que incluyen los siguientes aspectos:
⇒ El uso correcto de las ayudas mecánicas que incluirá la formación en la utilización segura de las mismas, la información acerca de los riesgos que pudieran aparecer debidos a su implantación y el establecimiento de procedimientos de trabajo que contemplen las actuaciones incluso durante una avería del equipo.
⇒ Información y formación acerca de los factores que están presentes en la manipulación y de la forma de prevenir los riesgos debidos a ellos.
⇒ Uso correcto del equipo de protección individual. En el caso que sea necesario su uso durante la tarea.
⇒ Formación y entrenamiento en técnicas seguras para la manipulación de las cargas. Incluirá el entrenamiento en técnicas seguras de manipulación, convenientemente adaptadas a la tarea concreta que se realice y cómo actuar en situaciones no habituales de manipulación.
⇒ Información sobre el peso y el centro de gravedad: Si es posible deberá ir marcado en las cargas. En el caso de no serlo, el empresario deberá informar del peso de las cargas (o de sus posibles pesos en el caso de que éstos varíen durante la tarea).
Los programas de entrenamiento deben ser específicos para los riesgos detectados. Es importante señalar que el mero hecho de suministrar una información y una formación adecuadas no es suficiente, será fundamental optimizar la tarea, diseñar las cargas de forma apropiada, el ambiente
apropiado, etc.
MÉTODO PARA LEVANTAR UNA CARGA
La manipulación de las cargas se hará preferiblemente cerca del cuerpo, a una altura comprendida entre la altura de los codos y los nudillos, ya que de esta forma disminuye la tensión en la zona lumbar.
Si las cargas que se van a manipular se encuentran en el suelo o cerca del mismo, se utilizarán las técnicas de manejo de cargas que permitan utilizar los músculos de las piernas más que los de la espalda.
Para levantar una carga se pueden seguir los siguientes pasos: ∙ Utilizar las ayudas mecánicas precisas siempre que sea posible.
∙ Seguir las indicaciones que aparezcan en el embalaje acerca de los posibles riesgos de la carga, como pueden ser un centro de gravedad inestable, materiales corrosivos, etc.
∙ Si no aparecen indicaciones en el embalaje, observar bien la carga, prestando especial atención a su forma y tamaño, posible peso, zonas de agarre, posibles puntos peligrosos, etc. Probar a alzar primero un lado, ya que no siempre el tamaño de la carga ofrece una idea exacta de su peso real.
∙ Es importante solicitar ayuda de otras personas si el peso de la carga es excesivo o se deben adoptar posturas incómodas durante el levantamiento y no se puede resolver por medio de la utilización de ayudas mecánicas.
∙ Tener prevista la ruta de transporte y el punto de destino final del levantamiento, retirando los materiales que entorpezcan el paso.
∙ Usar la vestimenta, el calzado y los equipos adecuados. • Paso 2. Colocar los pies
Separar los pies para proporcionar una postura estable y equilibrada para el levantamiento, colocando un pie más adelantado que el otro en la dirección del movimiento.
• Paso 3. Adoptar la postura de levantamiento
Doblar las piernas manteniendo en todo momento la espalda derecha, y mantener el mentón metido. No flexionar demasiado las rodillas,"
No girar el tronco ni adoptar posturas forzadas.
• Paso 4. Agarre firme
Sujetar firmemente la carga empleando ambas manos y pegarla al cuerpo El mejor tipo de agarre seria un agarre en gancho, pero también puede depender de las preferencias individuales, lo importante es que sea seguro. Cuando sea necesario cambiar el agarre, hacerlo suavemente o apoyando la carga, ya que incrementa los riesgos.
• Paso 5. Levantamiento suave
Levantarse suavemente, por extensión de las piernas, manteniendo la espalda derecha. No dar tirones a la carga ni moverla de forma rápida o brusca.
• Paso 6. Evitar giros
Procurar no efectuar nunca giros, es preferible mover los pies para colocarse en la posición adecuada.
• Paso 7. Carga pegada al cuerpo
Mantener la carga pegada al cuerpo durante todo el levantamiento. • Paso 8. Depositar la carga
∙ Si el levantamiento es desde el suelo hasta una altura importante, por ejemplo la altura de los hombros o más, apoyar la carga a medio camino para poder cambiar el agarre.
∙ Depositar la carga y después ajustarla si es necesario. ∙ Realizar levantamientos espaciados.
11.7. CONSULTA Y PARTICIPACIÓN
La consulta y participación de los trabajadores o sus representantes sobre las cuestiones relacionadas con la manipulación manual de cargas se encuentra regulada en el artículo 5 del Real Decreto 487/1997 de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales donde se indica que el empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo,
En este sentido, los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa.
11.8. VIGILANCIA DE LA SALUD
El artículo 6 del Real Decreto 487/1997 obliga al empresario a garantizar el derecho de los mismos a una vigilancia específica de la salud adecuada al riesgo. de exposición, en este caso la manipulación manual de cargas, contemplando los factores de riesgo derivados de las características de la carga, el esfuerzo físico necesario, las características del medio de trabajo, las exigencias de la actividad y los factores individuales de riesgo
Esta vigilancia médica recogerá la información específica más relevante para la evaluación de las alteraciones de la columna por sobrecarga, registrando los aspectos relacionados con la exposición laboral al riesgo, como los antecedentes de salud, que puedan interactuar con los factores laborales, desarrollando una anamnesis y exploración física para este tipo de patología a través de la formulación y el diseño de un protocolo médico específico.
Según el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el 37 del RSP, las funciones de vigilancia y control de la salud de los trabajadores serán desempeñadas por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditativa, es decir: los Servicios de Prevención que desarrollen estas funciones deberán contar con un médico especialista en Medicina del Trabajo o diplomado en Medicina de Empresa y un ATS (DUE de empresa.
La vigilancia de la salud sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador dé su consentimiento, exceptuando, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que los reconocimientos sean imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud del trabajador o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo o para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté
establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos, así como en actividades de especial peligrosidad:
El trabajador tiene derecho a conocer y a que se le comunique toda la información relacionada con su estado de salud, respetando siempre la confidencialidad en relación con los resultados de los exámenes médicos que se le practiquen. El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias. De este modo el empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención de la empresa sólo serán informados de las conclusiones de los reconocimientos médicos efectuados (Apto/No apto).
La actividad de vigilancia de la salud se llevará a cabo en los siguientes casos:
- Evaluación inicial de la salud de los trabajadores después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas que comporten nuevos riesgos.
- Exámenes de salud periódicos en función del riesgo específico al que está expuesto el trabajador.
- Nueva evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el trabajo tras prolongadas ausencias del mismo por motivos de salud, para poder detectar el eventual origen profesional de tales ausencias y recomendar una acción apropiada para proteger al trabajador.
Respecto a los trabajadores especialmente sensibles (artículo 31 de la LPRL), el empresario garantizará de forma específica la protección de los trabajadores que por sus propias características o estado biológico conocidos, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.
A tal fin deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los mismos y en función de éstas el empresario adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias.